Citomegalovirus (CMV)
Legislación CMV en IL
La Ley Pública 099-0424, a partir de enero de 2016, convierte a Illinois en uno de los seis estados que educan sobre el CMV para reducir las discapacidades asociadas. Esta ley se creó para concientizar a las mujeres que pueden quedar embarazadas, a las mujeres embarazadas y a los padres de bebés y para educar a los proveedores de atención médica que atienden a mujeres embarazadas o bebés sobre el CMV en un esfuerzo por reducir las discapacidades asociadas con la pérdida auditiva debida al CMV congénito. El CMV congénito es la causa más común de pérdida auditiva neurosensorial no hereditaria. La mayoría de los infantescon infección congénita por CMV puede no mostrar signos de enfermedad al nacer, sin embargo, un porcentaje significativo tendrá una pérdida auditiva congénitas o desarrollará pérdida auditiva después del nacimiento.
La Ley Pública 099-0424, a partir de enero de 2016, convierte a Illinois en uno de los seis estados que educan sobre el CMV para reducir las discapacidades asociadas. Esta ley se creó para concientizar a las mujeres que pueden quedar embarazadas, a las mujeres embarazadas y a los padres de bebés y para educar a los proveedores de atención médica que atienden a mujeres embarazadas o bebés sobre el CMV en un esfuerzo por reducir las discapacidades asociadas con la pérdida auditiva debida al CMV congénito. El CMV congénito es la causa más común de pérdida auditiva neurosensorial no hereditaria. Es posible que la mayoría de los bebés con infección congénita por CMV no muestren signos de enfermedad al nacer, pero un porcentaje significativo tendrá pérdida auditiva congénita o desarrollará pérdida auditiva después del nacimiento.
Esta ley exige: Si un recién nacido no pasa las dos pruebas de detección auditivas iniciales en el hospital, el hospital que realice la prueba deberá proporcionar a los padres del bebé información sobre: (i) defectos de nacimiento causados por CMV congénito; (ii) oportunidades y opciones de pruebas para CMV, incluida la oportunidad de realizar pruebas para CMV antes de salir del hospital; y (iii) servicios de intervención temprana.
Cuando el hogar médico realiza pruebas para CMV congénito, después de que un bebé no pasa la segunda prueba de audición, las pruebas deben completarse antes de los 21 días de edad. Se debe informar a las familias sobre las complicaciones que puede causar el CMV y los tratamientos disponibles.
"El pediatra o el médico de atención primaria debe revisar el historial médico y familiar de cada bebé para detectar la presencia de indicadores de riesgo que requieran un seguimiento de la pérdida auditiva progresiva o de inicio tardío y debe asegurarse de que se complete una evaluación audiológica para los niños con riesgo de pérdida auditiva al menos una vez entre los 24 y los 30 meses de edad, independientemente de los resultados de las pruebas de detección del recién nacido. Además, el médico de atención primaria es responsable de la vigilancia continua de las inquietudes de los padres sobre el lenguaje y la audición, las habilidades auditivas y los hitos del desarrollo de todos los bebés y niños, independientemente del estado de riesgo, como se describe en el programa de periodicidad pediátrica publicado por la AAP. ." - JCIH 2007
Una recomendación general para todos los bebés con citomegalovirus congénito (independientemente de los resultados de sus exámenes de audición para recién nacidos) es hacerse reevaluaciones de audición periódicas. Se debe considerar a cada niño de forma individual, ya que es posible que el momento de las evaluaciones deba ser más frecuente o modificarse según las preocupaciones de los padres o la orientación de un audiólogo pediátrico. Si no recibe una copia de los resultados del examen de audición después del alta hospitalaria, comuníquese con el hospital donde nació o con el Departamento de Salud Pública de Illinois al 217-782-4733.
Si desea información sobre proveedores de audiología o coordinación de atención para familias de niños con necesidades especiales de atención médica, comuníquese con UIC- Atención especializada para niños al 800-322-3722.